lunes, 1 de noviembre de 2010

Regulación mediante leyes.

Artículo 2 Ley Aragonesa:
“Las cooperativas son sociedades que asocian a personas para realizar
actividades económicas y sociales de interés común y de naturaleza empresarial,
según las condiciones establecidas en la presente Ley”.

Art. 1 de la Ley 27/1.999:
“La cooperativa es una sociedad Constituida por personas que se
asocian, en régimen de libre adhesión y baja voluntaria, para la realización de
actividades empresariales, encaminadas a satisfacer sus necesidades y
aspiraciones económicas y sociales, con estructura y funcionamiento
democrático; conforme a los principios formulados por la alianza cooperativa
internacional, en los términos resultantes de la presente Ley.”

Art. 1 de la Ley 3/87:
“Las Cooperativas son sociedades que, con capital variable y estructura y
gestión democráticas, asocian, en régimen de libre adhesión y baja voluntaria, a
personas que tienen intereses o necesidades socio-económicas comunes, para
cuya satisfacción y al servicio de la comunidad desarrollan actividades
empresariales, imputándose los resultados económicos a los socios, una vez
atendidos los fondos comunitarios en función de la actividad cooperativizada
que realizan.”

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